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GANANCIA PATRIMONIAL¿Cuándo se puede deducir la cancelación de la hipoteca?

  • Foto del escritor: Alexandre Strumeyer
    Alexandre Strumeyer
  • 6 nov
  • 1 Min. de lectura

Al vender una vivienda habitual, el importe pendiente de la hipoteca puede restarse del precio de venta para calcular la ganancia patrimonial, siempre que:

  • La vivienda vendida haya sido vivienda habitual fiscal (residencia durante ≥ 3 años o con causas justificadas de cambio).

  • La hipoteca estuviera vinculada a la compra de esa vivienda (no préstamos para otros fines).

Esto no es una deducción como tal, sino que reduce el beneficio y, por tanto, el impuesto a pagar en el IRPF.


GANANCIA PATRIMONIAL y cancelación de la hipoteca

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Alexandre Strumeyer, EMBASSY Costa Del Sol, MARBELLA

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